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welshguy en
varios
Hoy, he recibido un SMS que decía que el jueves hay una visita en mi piso de alquiler. El propietario no me coge el teléfono. He ido a hablar con la inmobiliaria y no hay ningún error, el piso está EN VENTA. Yo, seguramente a la puta calle por noche vieja cuando, hace sólo 2 meses, el propietario me dijo con una sonrisa que no tendría ningún problema en renovarme el contrato. ADV
segundo:en caso de venta del piso de alquiler POR LEY el primero que debe tener opcion a compra a dicho piso es la persona que esta viviendo ahi de alquiler.
segundo:en caso de venta del piso de alquiler POR LEY el primero que debe tener opcion a compra a dicho piso es la persona que esta viviendo ahi de alquiler.y #13 #13 uberflaven dijo: Depende de lo que dure el contrato, pero por lo que dices si termina en diciembre lo llevas chungo. Eso sí, hasta entonces no puede venir nadie a ver el piso.que, en caso que se venda, tu contrato de alquiler sigue siendo vigente, aunque con nuevo casero.
Y si vives habitualmente en el (mas de 6 meses al año, creo), por ley, puedes quedarte al menos 5 años (vamos, que no te puede echar antes). Incluso aunque en tu contrato ponga que es solo por un año, o que sea un contrato de esos de 11 meses.
Yo en tu lugar cambiaba la cerradura (cosa que hay que hacer en cuanto entras a un piso) y a tomar por culo la visita.
ADV-Todoexpertos :-P
Y si vives habitualmente en el (mas de 6 meses al año, creo), por ley, puedes quedarte al menos 5 años (vamos, que no te puede echar antes). Incluso aunque en tu contrato ponga que es solo por un año, o que sea un contrato de esos de 11 meses.
Yo en tu lugar cambiaba la cerradura (cosa que hay que hacer en cuanto entras a un piso) y a tomar por culo la visita.
ADV-Todoexpertos :-PMuy bien explicado. De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendatario (el inquilino) tiene derecho a prorrogar su contrato hasta un mínimo de 5 años, (aunque el contrato se firmará por 1), después de esos 5 años depende de la voluntad de ambos. En el caso de que la casa se venda, el nuevo propietario se convierte en el nuevo arrendador hasta que transcurran esos 5 años. Solo si el propietario necesita la vivienda para uso propio (para vivir en ella) es posible evitar el plazo de los 5 años, si es para venderla, pues no.
negativo a todos !!!!!!!!!!!!!!
Negativo por no saberlo!!.