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El particular que venda un objeto a otro particular, responde durante seis meses de la calidad de lo vendido. Si aparecen defectos durante ese periodo, el comprador tiene derecho a que se le rebaje el precio o a la devolución y el reembolso. Si los defectos estaban ocultos y el vendedor sabía que vendía algo inservible, se trata de un delito de estafa en el caso de que el valor supere los 400 euros.
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¿Y para qué vendes una tablet rota o por lo menos sin avisar de que algo le pasa?
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No sé vosotros, a mí me suena que vendía una tablet que ya tenía problemas para esa gente que se dedica a reparar cosas y que el comprador se pensó que podía usar la garantía para repararla y llevarse una tablet nuevecita y casi gratis.
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Vaya ficha eres
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