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Anónimo en
varios
Hoy, soy inmigrante con permiso de residencia y estoy en proceso de tramitar mi nacionalidad. Los documentos que he sacado en mi país me han costado 200 euros y están a punto de caducar. Debido al estado de alarma se han suspendido los trámites legales. No hay nadie que me asesore, estoy sin dinero y tengo miedo, cada noche sueño con la deportación. ADV
Pero la solictud de nacionalidad no va a validar tu residencia legal. Tienes que renovar tu permiso de residencia y esto también se puede hacer online. No te quedarás irregular.
Ánimo!
Pd: soy abogada
Pero como dicen no estan para deportar ahora mismo y ademas tampoco lo harian tan rápido con la que esta cayendo ahora
El ADV es mentira, si estás irregular no puedes presentar nacionalidad, pues es requisito indispensable la permanencia en territorio nacional por un periodo de tiempo x (normalmente 10 años salvo excepciones) de manera REGULAR.
Tampoco hay deportaciones es España, eso es en las pelis. Si no cometes un delito, es muy muy difícil que te deporten.
Yo tb soy abogado....
*La diferencia entre suspensión e interrupción es que al reanudarse los plazos que estaban suspensos dispones del tiempo que tenías desde la suspensión y la interrupción "reinicia" los plazos.
Ejemplo:si tú disponías de un año (12 meses) y a los 3 meses se suspende el plazo cuando se reanude dispones de 9 meses, mientras que si se interrumpe vuelves a disponer de los 12 meses.
Espero haberte ayudado.
PD: disculpad si mis explicaciones no son del todo acertadas, estudio una ingeniería y lo que sé de derecho lo he mirado por mi cuenta así que agradezco cualquier corrección
Pero la solictud de nacionalidad no va a validar tu residencia legal. Tienes que renovar tu permiso de residencia y esto también se puede hacer online. No te quedarás irregular.
Ánimo!
Pd: soy abogada @whitetree No sé si me podrás responder, sobre todo en éste hilo. Ayer estaba en una openclass de la UNIR sobre las consecuencias legales del coronavirus, y en esto que mencionaron que el ERTE supone la suspensión del contrato de trabajo, pero de repente uno de los asistentes preguntó que qué pasa si se acaba su contrato temporal en medio, y el profe dijo que se acababa y punto, y yo me quedé un poco dubitativo... Se paraliza cualquier tipo de contrato, y continúa después de la finalización de la causa de la suspensión hasta su finalización, ¿verdad?
*La diferencia entre suspensión e interrupción es que al reanudarse los plazos que estaban suspensos dispones del tiempo que tenías desde la suspensión y la interrupción "reinicia" los plazos.
Ejemplo:si tú disponías de un año (12 meses) y a los 3 meses se suspende el plazo cuando se reanude dispones de 9 meses, mientras que si se interrumpe vuelves a disponer de los 12 meses.
Espero haberte ayudado.
PD: disculpad si mis explicaciones no son del todo acertadas, estudio una ingeniería y lo que sé de derecho lo he mirado por mi cuenta así que agradezco cualquier corrección@ixdar Pues lo has explicado bastante bien, me ha recordado a cuando lo estudié, y precisamente estos días de atrás tenía la mosca detrás de la oreja pensando que había algo que me fallaba, precisamente estaba usando el término incorrecto.