La empresa que pida lo que quiera, no van a conseguir nada. Es mas, yo les denunciaría ahora por acoso y trataba de sacarles un montón de pasta.
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Si van con esas, el hecho de escribir en casa es una iniciativa privada y ninguna empresa posee la potestad para inmiscuirse en los asuntos de otro "emprendedor" que lo hace fuera del horario de trabajo
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Técnicamente yo creo que tener dos fuentes legales de ingresos es la clave legal aquí.
Si estás de baja en un trabajo remunerado y ven que sigues generando ingresos de otro trabajo alomejor pueden quejarse.
Que no lo se, no soy abogado, pero así lo veo.
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Desinope, por comentarios y actitudes como esa que recomiendas luego no creen a las que sufren acoso verdadero
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Ddesinope, por comentarios y actitudes como esa que recomiendas luego no creen a las que sufren acoso verdadero
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#3 #3 eljuicio dijo: Técnicamente yo creo que tener dos fuentes legales de ingresos es la clave legal aquí.
Si estás de baja en un trabajo remunerado y ven que sigues generando ingresos de otro trabajo alomejor pueden quejarse.
Que no lo se, no soy abogado, pero así lo veo.A ver, con esas suposiciones, si estás de baja en el trabajo y te toca la lotería, ¿se supone que debes devolver el dinero de la baja porque tuviste otra fuente de ingresos?
Ahora bien, podrías tener razón si fuera, si en vez de que la empresa te pagara la baja, estuvieras cobrando una ayuda del Estado, otro gallo cantaría. Te exigirían que devolvieras el dinero que cobraste mas intereses.
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Pues me gustaría leer la opnión de un abogado, porque a mi no me parece tan simple el tema como apuntan #1 #1 ddesinope dijo: La empresa que pida lo que quiera, no van a conseguir nada. Es mas, yo les denunciaría ahora por acoso y trataba de sacarles un montón de pasta.y #2.#2 alfonsoelbatallador dijo: Si van con esas, el hecho de escribir en casa es una iniciativa privada y ninguna empresa posee la potestad para inmiscuirse en los asuntos de otro "emprendedor" que lo hace fuera del horario de trabajo
Yo no tengo ni puta idea, pero me da la impresión que si vas a ganar dinero con tu libro, y lo has escrito mientras cobras una prestación destinada a compensar la pérdida de ingresos provocada por la maternidad... deberías devolverla.
Y digo devolverla, no pagársela a la empresa. Tu baja la ha pagado la seguridad social, no ellos.
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Sois unas jodidas eminencias del Derecho todos ahora de repente
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Una mujer cobraba el paro y además, el sueldo de Nescafé
Le obligaron a devolver el dinero porque consideraban que no era necesario el paro
Habla con un abogado
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Técnicamente, tú no tenías un contrato con la editorial, así que no estabas trabajando, para ti era un pasatiempo, o una terapia.
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#4 #4 tortugutu dijo: Desinope, por comentarios y actitudes como esa que recomiendas luego no creen a las que sufren acoso verdadero@tortugutu amenazar con quitar la baja de maternidad por chorradas como esta, es acoso. Acoso no es solo que te den de hostias. Me encanta que vayáis de sabelotodos y dando lecciones cuando no os habréis leído ni el estatuto de los trabajadores ni ningún convenio. Pero lo que mas me jode es que desmovilizáis con vuestra incultura, sois escoria.
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#9 #9 wasuretai85 dijo: Una mujer cobraba el paro y además, el sueldo de Nescafé
Le obligaron a devolver el dinero porque consideraban que no era necesario el paro
Habla con un abogado el caso que tu dices lo que cobraba era la ayuda para mayores de 52 años, que tiene otros requisitos, y la broma le costo 17k€ a devolver por un error del estado al darle dicho subsidio
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#11 #11 ddesinope dijo: #4 @tortugutu amenazar con quitar la baja de maternidad por chorradas como esta, es acoso. Acoso no es solo que te den de hostias. Me encanta que vayáis de sabelotodos y dando lecciones cuando no os habréis leído ni el estatuto de los trabajadores ni ningún convenio. Pero lo que mas me jode es que desmovilizáis con vuestra incultura, sois escoria.@ddesinope No solo está el ET, para las prestaciones de la SS está precisamente la Ley General de la SS, y en la mayoría de prestaciones, uno de los requisitos es no prestar un servicio profesional remunerado, pues se protege dicha situación por algo, por lo que es cuestionable... porque, habría que determinar hasta qué punto ese escrito se puede considerar trabajo, puesto que sí, lo realiza sin un contrato, pero luego pretende lucrarse por él. No es descabellado. Que puede ser moralmente reprochable la actitud del empresario, sí, pero eso no tiene incidencia.
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#6 #6 peluilla89 dijo: #3 A ver, con esas suposiciones, si estás de baja en el trabajo y te toca la lotería, ¿se supone que debes devolver el dinero de la baja porque tuviste otra fuente de ingresos?
Ahora bien, podrías tener razón si fuera, si en vez de que la empresa te pagara la baja, estuvieras cobrando una ayuda del Estado, otro gallo cantaría. Te exigirían que devolvieras el dinero que cobraste mas intereses.@peluilla89 que yo sepa, las bajas las paga el estado.
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#6 #6 peluilla89 dijo: #3 A ver, con esas suposiciones, si estás de baja en el trabajo y te toca la lotería, ¿se supone que debes devolver el dinero de la baja porque tuviste otra fuente de ingresos?
Ahora bien, podrías tener razón si fuera, si en vez de que la empresa te pagara la baja, estuvieras cobrando una ayuda del Estado, otro gallo cantaría. Te exigirían que devolvieras el dinero que cobraste mas intereses.@peluilla89 que yo sepa, las bajas las paga el estado. o por lo menos una parte.
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#11 #11 ddesinope dijo: #4 @tortugutu amenazar con quitar la baja de maternidad por chorradas como esta, es acoso. Acoso no es solo que te den de hostias. Me encanta que vayáis de sabelotodos y dando lecciones cuando no os habréis leído ni el estatuto de los trabajadores ni ningún convenio. Pero lo que mas me jode es que desmovilizáis con vuestra incultura, sois escoria.@ddesinope Calma, una cosa es lo que "ideológicamente" se pueda considerar acoso y otra la realidad jurídica del tema. Para que exista acoso en el ámbito labora en España se vienen exigiendo 3 requisitos: Producción de un daño a la salud, intencionalidad y, por último, reiteración, persistencia, continuidad en el tiempo y un "plan" de acoso. Y no todo injusto es acoso, si no, no necesitaríamos otros tipos normativos.
Es una doctrina muy restrictiva, con problemas en la práctica muy graves para el trabajador, y con la que no estoy de acuerdo, pero a falta de un cambio de la misma (que muchos juristas ya vienen pidiendo) o de una definición legal concreta de acoso que no sea la del CP (donde tampoco encaja este caso), por mucho que denuncie lo van a desestimar.
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#7 #7 silentbobgrn dijo: Pues me gustaría leer la opnión de un abogado, porque a mi no me parece tan simple el tema como apuntan #1 y #2.
Yo no tengo ni puta idea, pero me da la impresión que si vas a ganar dinero con tu libro, y lo has escrito mientras cobras una prestación destinada a compensar la pérdida de ingresos provocada por la maternidad... deberías devolverla.
Y digo devolverla, no pagársela a la empresa. Tu baja la ha pagado la seguridad social, no ellos.@silentbobgrn Aquí un graduado social. Aunque lo expone de forma muy vaga, y en derecho los detalles importan y todo es argumentable, pero en principio el subsidio de maternidad se pierde o se suspende al desarrollar otra actividad ya sea por cuenta ajena o propia (art. 180 LGSS).
Aun con todo, estos subsidios no los reclamaría la empresa, sino la Tesorería General de la Seguridad Social.
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No tengo ni idea de leyes, pero sí de literatura. A no ser que te lo publique una súper editorial, con las más habituales se suele ganar 1€ por libro y se publica una tirada de 100 a 500€. Mucho no te forras, vaya.
Por otro lado, ¿cómo demuestran ellos que lo escribiste estando de baja y no que ya lo tenías escrito de antes?
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#16 #16 cachorrodemente dijo: #11 @ddesinope Calma, una cosa es lo que "ideológicamente" se pueda considerar acoso y otra la realidad jurídica del tema. Para que exista acoso en el ámbito labora en España se vienen exigiendo 3 requisitos: Producción de un daño a la salud, intencionalidad y, por último, reiteración, persistencia, continuidad en el tiempo y un "plan" de acoso. Y no todo injusto es acoso, si no, no necesitaríamos otros tipos normativos.
Es una doctrina muy restrictiva, con problemas en la práctica muy graves para el trabajador, y con la que no estoy de acuerdo, pero a falta de un cambio de la misma (que muchos juristas ya vienen pidiendo) o de una definición legal concreta de acoso que no sea la del CP (donde tampoco encaja este caso), por mucho que denuncie lo van a desestimar.@cachorrodemente y no se produce? daño a la salud, jugar con el sustento de gente que va al limite (mas aun si acaba de tener un hijo) eso es atacar a los nervios. No es intencional decir que vas a quitarle lo que ha cobrado? y reiterado, esto es lo unico que no queda claro en el ADV, pero dudo que la empresa si de verdad lo quiere, se lo diga asi y ya esta, insistira, amenazara con denunciar si no lo hace y cosas parecidas. Vamos, ya he ido a juicios por cosas como estas y te aseguro que se considera acoso. (aunque la empresa como lo sabe, suele aceptar el acuerdo antes de llegar al juicio)
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#19 #19 ddesinope dijo: #16 @cachorrodemente y no se produce? daño a la salud, jugar con el sustento de gente que va al limite (mas aun si acaba de tener un hijo) eso es atacar a los nervios. No es intencional decir que vas a quitarle lo que ha cobrado? y reiterado, esto es lo unico que no queda claro en el ADV, pero dudo que la empresa si de verdad lo quiere, se lo diga asi y ya esta, insistira, amenazara con denunciar si no lo hace y cosas parecidas. Vamos, ya he ido a juicios por cosas como estas y te aseguro que se considera acoso. (aunque la empresa como lo sabe, suele aceptar el acuerdo antes de llegar al juicio)@ddesinope La cuestión no es que se produzca, es demostrarlo, y es MUY difícil. Son aspectos subjetivos y algunos como la intencionalidad casi hace falta que te lo diga a la cara delante de testigos, es un ejemplo muy claro de "probatio diabolica", pues exige determinar lo que hay en la psique del acosador. Por eso estoy en contra de ello.
Pues habrás topado con jueces muy benevolentes o abogados buenísimos, porque hace unos meses hice un trabajo sobre acoso en el ámbito laboral, con una muestra inicial de 80 sentencias y la gran mayoría de casos se desestiman. Si te interesa me puedes mandar un correo por privado y te mando el PDF, en él también se exponen alternativas a la doctrina actual. Que como te digo me parece un desastre como está.
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Y que tal, y lo digo solo por decir, ¿en vez de quejarte hablas con un abogado?
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Lo puedes haber escrito hace años. El fake digo...
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#17 #17 cachorrodemente dijo: #7 @silentbobgrn Aquí un graduado social. Aunque lo expone de forma muy vaga, y en derecho los detalles importan y todo es argumentable, pero en principio el subsidio de maternidad se pierde o se suspende al desarrollar otra actividad ya sea por cuenta ajena o propia (art. 180 LGSS).
Aun con todo, estos subsidios no los reclamaría la empresa, sino la Tesorería General de la Seguridad Social.@cachorrodemente Gracias :-)
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Como se llama tu libro?
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Y como se llama tu libro?
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El sueldo se lo estaba pagando la Seguridad Social, no la empresa. Además de que ella solamente invertía su poco tiempo libre en algo que le gustaba hacer y fíjate, le salió bien.
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La baja por maternidad no es una baja normal, es más como un permiso, sólo las 6 primeras semanas son obligatorias por tanto si una persona tiene dos trabajos y así lo desea puede reincorporarse a uno de ellos tras las 6 semanas y seguir cobrando la prestación por el otro, con más razón si hablamos de un libro que escribe en su casa como hobby aunque luego se lo publicaran pues entiendo que no es escritora profesional. Para los que tengan dudas hay una sentencia del TSJ de Valencia del 25 de abril de 2006 que podéis consultar.
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Si estás de baja en un trabajo remunerado y ven que sigues generando ingresos de otro trabajo alomejor pueden quejarse.
Que no lo se, no soy abogado, pero así lo veo.
Si estás de baja en un trabajo remunerado y ven que sigues generando ingresos de otro trabajo alomejor pueden quejarse.
Que no lo se, no soy abogado, pero así lo veo.A ver, con esas suposiciones, si estás de baja en el trabajo y te toca la lotería, ¿se supone que debes devolver el dinero de la baja porque tuviste otra fuente de ingresos?
Ahora bien, podrías tener razón si fuera, si en vez de que la empresa te pagara la baja, estuvieras cobrando una ayuda del Estado, otro gallo cantaría. Te exigirían que devolvieras el dinero que cobraste mas intereses.
Yo no tengo ni puta idea, pero me da la impresión que si vas a ganar dinero con tu libro, y lo has escrito mientras cobras una prestación destinada a compensar la pérdida de ingresos provocada por la maternidad... deberías devolverla.
Y digo devolverla, no pagársela a la empresa. Tu baja la ha pagado la seguridad social, no ellos.
Le obligaron a devolver el dinero porque consideraban que no era necesario el paro
Habla con un abogado
Le obligaron a devolver el dinero porque consideraban que no era necesario el paro
Habla con un abogado el caso que tu dices lo que cobraba era la ayuda para mayores de 52 años, que tiene otros requisitos, y la broma le costo 17k€ a devolver por un error del estado al darle dicho subsidio
Ahora bien, podrías tener razón si fuera, si en vez de que la empresa te pagara la baja, estuvieras cobrando una ayuda del Estado, otro gallo cantaría. Te exigirían que devolvieras el dinero que cobraste mas intereses.@peluilla89 que yo sepa, las bajas las paga el estado.
Ahora bien, podrías tener razón si fuera, si en vez de que la empresa te pagara la baja, estuvieras cobrando una ayuda del Estado, otro gallo cantaría. Te exigirían que devolvieras el dinero que cobraste mas intereses.@peluilla89 que yo sepa, las bajas las paga el estado. o por lo menos una parte.
Es una doctrina muy restrictiva, con problemas en la práctica muy graves para el trabajador, y con la que no estoy de acuerdo, pero a falta de un cambio de la misma (que muchos juristas ya vienen pidiendo) o de una definición legal concreta de acoso que no sea la del CP (donde tampoco encaja este caso), por mucho que denuncie lo van a desestimar.
Yo no tengo ni puta idea, pero me da la impresión que si vas a ganar dinero con tu libro, y lo has escrito mientras cobras una prestación destinada a compensar la pérdida de ingresos provocada por la maternidad... deberías devolverla.
Y digo devolverla, no pagársela a la empresa. Tu baja la ha pagado la seguridad social, no ellos.@silentbobgrn Aquí un graduado social. Aunque lo expone de forma muy vaga, y en derecho los detalles importan y todo es argumentable, pero en principio el subsidio de maternidad se pierde o se suspende al desarrollar otra actividad ya sea por cuenta ajena o propia (art. 180 LGSS).
Aun con todo, estos subsidios no los reclamaría la empresa, sino la Tesorería General de la Seguridad Social.
Por otro lado, ¿cómo demuestran ellos que lo escribiste estando de baja y no que ya lo tenías escrito de antes?
Es una doctrina muy restrictiva, con problemas en la práctica muy graves para el trabajador, y con la que no estoy de acuerdo, pero a falta de un cambio de la misma (que muchos juristas ya vienen pidiendo) o de una definición legal concreta de acoso que no sea la del CP (donde tampoco encaja este caso), por mucho que denuncie lo van a desestimar.@cachorrodemente y no se produce? daño a la salud, jugar con el sustento de gente que va al limite (mas aun si acaba de tener un hijo) eso es atacar a los nervios. No es intencional decir que vas a quitarle lo que ha cobrado? y reiterado, esto es lo unico que no queda claro en el ADV, pero dudo que la empresa si de verdad lo quiere, se lo diga asi y ya esta, insistira, amenazara con denunciar si no lo hace y cosas parecidas. Vamos, ya he ido a juicios por cosas como estas y te aseguro que se considera acoso. (aunque la empresa como lo sabe, suele aceptar el acuerdo antes de llegar al juicio)
Pues habrás topado con jueces muy benevolentes o abogados buenísimos, porque hace unos meses hice un trabajo sobre acoso en el ámbito laboral, con una muestra inicial de 80 sentencias y la gran mayoría de casos se desestiman. Si te interesa me puedes mandar un correo por privado y te mando el PDF, en él también se exponen alternativas a la doctrina actual. Que como te digo me parece un desastre como está.
Aun con todo, estos subsidios no los reclamaría la empresa, sino la Tesorería General de la Seguridad Social.@cachorrodemente Gracias :-)