Es lo que tiene ser un pringao trabajador en España. Que se monten su empresa. Total para trabajar para chusma
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Regresarles el boli a la empresa y que se lo metan por cul0 tacaños
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Que le claven el boli en el ojo al jefe, es un precio justo.
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Pues que reclamen por escrito sobre lo que falta de la nómina, porque no pueden quitarte dinero así por que sí.
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Pues a preparar un buen estofado al "bolígrafo " jajaja
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#7 #7 cucudrula dijo: Pues que reclamen por escrito sobre lo que falta de la nómina, porque no pueden quitarte dinero así por que sí. @cucudrula El problema está en que el bolígrafo es pago en especie, y está sujeto a impuestos. Sí es una putada que la empresa te haga un regalo muy caro si ese regalo no te sirve, ya que los impuestos sobre el valor del regalo sí tienes que pagarlos.
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Debe de llevar diamantes incrustados porque si no no me lo explico.
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Directamente no pueden descontarle eso de la nómina del trabajador. Que denuncie. Y que mantenga el boli y la nómina
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Que idiotez de las empresas
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El bolígrafo sirve para escribir
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#10 #10 mordeguay dijo: Debe de llevar diamantes incrustados porque si no no me lo explico.@mordeguay Pues diamantes no (ya quisiera él, sería más fácil de vender), pero es un bolígrafo "de lujo". Y los impuestos sobre regalos de empresa son más caros que sobre el sueldo base; al menos en Eslovaquia, que es donde vivimos.
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#13 #13 caflocardo dijo: El bolígrafo sirve para escribir @caflocardo Jajaja Touché.
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Que astucia!
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Escribidle cartas intimidantes al jefe
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Vaya regalo más envenenado...
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Normal y lógico. Todo regalo está considerado como incentivo y supone un impuesto en la nómina. 100 euros me parece excesivo pero si no lo hacen así incumplen la ley cometiendo fraude la empresa. Desgraciadamente, así funciona España.
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#7 #7 cucudrula dijo: Pues que reclamen por escrito sobre lo que falta de la nómina, porque no pueden quitarte dinero así por que sí. @cucudrula No le quita dinero la empresa, sino hacienda, al tratarse de un regalo de empresa, considerado como pago en especie, que tributa en el IRPF dentro de los rendimientos de trabajo de la base imponible general.
:)
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#7 #7 cucudrula dijo: Pues que reclamen por escrito sobre lo que falta de la nómina, porque no pueden quitarte dinero así por que sí. @cucudrula #9 #9 carlosjfort dijo: #7 @cucudrula El problema está en que el bolígrafo es pago en especie, y está sujeto a impuestos. Sí es una putada que la empresa te haga un regalo muy caro si ese regalo no te sirve, ya que los impuestos sobre el valor del regalo sí tienes que pagarlos.@carlosjfort #20 #20 txejox dijo: #7 @cucudrula No le quita dinero la empresa, sino hacienda, al tratarse de un regalo de empresa, considerado como pago en especie, que tributa en el IRPF dentro de los rendimientos de trabajo de la base imponible general.
:)@txejox
Si en este caso se considera pago en especie, entonces mejor se lo ponenos al OP, porque la empresa no puede decretar esta forma de pago de manera unilateral, sino siempre en acuerdo con el trabajador y sin exceder el 30℅ del salario.
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Hay que tener imaginacion... Que lo aproveche para hacer una cervatana, y asi se podra vengar del jefe a perdigonazos en la nuca... Mmm
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#21 #21 cucudrula dijo: #7 @cucudrula
#9 @carlosjfort
#20 @txejox
Si en este caso se considera pago en especie, entonces mejor se lo ponenos al OP, porque la empresa no puede decretar esta forma de pago de manera unilateral, sino siempre en acuerdo con el trabajador y sin exceder el 30℅ del salario. @cucudrula A lo mejor el mero hecho de aceptarlo ya se considera que el trabajador está de acuerdo.
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Pues vaya problema, si es tan caro vendedlo.
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#9 #9 carlosjfort dijo: #7 @cucudrula El problema está en que el bolígrafo es pago en especie, y está sujeto a impuestos. Sí es una putada que la empresa te haga un regalo muy caro si ese regalo no te sirve, ya que los impuestos sobre el valor del regalo sí tienes que pagarlos.@carlosjfort
#20 #20 txejox dijo: #7 @cucudrula No le quita dinero la empresa, sino hacienda, al tratarse de un regalo de empresa, considerado como pago en especie, que tributa en el IRPF dentro de los rendimientos de trabajo de la base imponible general.
:)@txejox
Si en este caso se considera pago en especie, entonces mejor se lo ponenos al OP, porque la empresa no puede decretar esta forma de pago de manera unilateral, sino siempre en acuerdo con el trabajador y sin exceder el 30℅ del salario.
#9 @carlosjfort
#20 @txejox
Si en este caso se considera pago en especie, entonces mejor se lo ponenos al OP, porque la empresa no puede decretar esta forma de pago de manera unilateral, sino siempre en acuerdo con el trabajador y sin exceder el 30℅ del salario. @cucudrula A lo mejor el mero hecho de aceptarlo ya se considera que el trabajador está de acuerdo.