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No es mi hermano. en
dinero
La semana pasada, falleció mi padre y dejó a deber 2400€ a su casero. Mi hermano, me comentó de pagar de nuestro bolsillo 1200€ cada uno para dejar bien alta la memoria de nuestro padre. Yo he pagado mi parte hace unos días a la espera de que él lo hiciese también. Hoy me ha dicho que ha descubierto que el casero no le puede reclamar ese dinero de ninguna manera y que no va a pagarle su parte. ADV
Tu padre deja una deuda acumulada de 2400 euros a repartir entre los herederos. Si tú tienes un justificante de que has pagado tu parte, ya le sacudirá el notario.
Porque tienes un justificante... ¿VERDAD?
Tu padre deja una deuda acumulada de 2400 euros a repartir entre los herederos. Si tú tienes un justificante de que has pagado tu parte, ya le sacudirá el notario.
Porque tienes un justificante... ¿VERDAD? Todo beneficio y deudas siempre que se demuestre salen en las herencias
Tu padre deja una deuda acumulada de 2400 euros a repartir entre los herederos. Si tú tienes un justificante de que has pagado tu parte, ya le sacudirá el notario.
Porque tienes un justificante... ¿VERDAD?@notieneniputagracia
Oh, y mi más sincero pésame.
Además, 2400€ es bastante dinero. Qué culpa tiene el casero de que haya fallecido la persona a la que le alquilaba?
Por desgracia vosotros cargáis con todo lo que viene detrás. Bueno, parece que solamente tú...
Tu padre deja una deuda acumulada de 2400 euros a repartir entre los herederos. Si tú tienes un justificante de que has pagado tu parte, ya le sacudirá el notario.
Porque tienes un justificante... ¿VERDAD?¿Qué herencia va a tener si vivía de alquiler y encima no podía pagar la renta? Si el hermano ha deducido que el casero no podía reclamar la deuda es, casi con toda seguridad, porque su padre no tenía nada.
Yo he entendido, al menos, que el casero no puede reclamarle nada... A ÉL. Lo cual es lógico, porque las deudas no se heredan a no ser que las aceptes.
Que le debiera pasta no implica que no tuviera capital que dejar en herencia, sino que no pagaba su alquiler. Entre otras cosas, porque quizás estuviera enfermo y en lo último que pensaba es en pagar al casero.
Dicho esto, el hermano tiene un morro inconmensurable. Como sugiero, espero que de haber capital a heredar mayor a 1200 euros, el hermano se quede sin su parte, como corresponde.Vamos a ver. El casero no puede reclamar la deuda a sus hijos a no ser que acepten la herencia. Si el hermano sabe que su padre no tenía nada, no va a aceptar la herencia, que solo conlleva deudas. Por eso el casero no lo puede reclamar nada. Si el padre tenía algún capital, es absurdo que llegue a la conclusión de que nadie va a poder reclamar nada a los herederos. Además, el autor del ADV no estaría tan molesto por pagar 1.200€ si fuera a recibir 50.000, digo yo.
Con los datos que tenemos, la lógica me dice que el padre no deja un duro.
Yo he entendido, al menos, que el casero no puede reclamarle nada... A ÉL. Lo cual es lógico, porque las deudas no se heredan a no ser que las aceptes.
Que le debiera pasta no implica que no tuviera capital que dejar en herencia, sino que no pagaba su alquiler. Entre otras cosas, porque quizás estuviera enfermo y en lo último que pensaba es en pagar al casero.
Dicho esto, el hermano tiene un morro inconmensurable. Como sugiero, espero que de haber capital a heredar mayor a 1200 euros, el hermano se quede sin su parte, como corresponde.
Yo he entendido, al menos, que el casero no puede reclamarle nada... A ÉL. Lo cual es lógico, porque las deudas no se heredan a no ser que las aceptes.
Que le debiera pasta no implica que no tuviera capital que dejar en herencia, sino que no pagaba su alquiler. Entre otras cosas, porque quizás estuviera enfermo y en lo último que pensaba es en pagar al casero.
Dicho esto, el hermano tiene un morro inconmensurable. Como sugiero, espero que de haber capital a heredar mayor a 1200 euros, el hermano se quede sin su parte, como corresponde.@notieneniputagracia A no ser que aceptes la herencia. Lo que no sé es si un hijo está obligado a aceptar la herencia de su padre, si sabe que tiene más deudas que patrimonio.
Hasta donde yo sé, no lo estás. Si aceptas, eso sí, aceptas deuda y beneficio.
Tiene sentido, imagina que tu padre se gasta dos millones de euros en lumis, y te toca pagarlos a tí.
^^
Tu padre deja una deuda acumulada de 2400 euros a repartir entre los herederos. Si tú tienes un justificante de que has pagado tu parte, ya le sacudirá el notario.
Porque tienes un justificante... ¿VERDAD? no tengo claro hasta qué punto se le puede reclamar una deuda a un heredero que rechaza la herencia.
Igual me equivoco, pero tengo entendido que sólo si aceptas la herencia te quedas también con las deudas.
Igual me equivoco, pero tengo entendido que sólo si aceptas la herencia te quedas también con las deudas.@yoyo No se puede, que yo sepa.
Me remito a:
#11 #11 disabled_user dijo: #10 @carlosjfort
Hasta donde yo sé, no lo estás. Si aceptas, eso sí, aceptas deuda y beneficio.
Tiene sentido, imagina que tu padre se gasta dos millones de euros en lumis, y te toca pagarlos a tí.
^^@notieneniputagracia
;)
Lo siento por tu padre
Con los datos que tenemos, la lógica me dice que el padre no deja un duro. el autor no esta molesto con pagar los 1200€ (o si XD) con quien esta molesto es con el crapula de su hermano, que por cierto si el mio me hiciera algo similar le demandaba por estafa
Las herencias pueden ser aceptadas simplemente, aceptadas a beneficio de inventario o renunciadas. En los dos primeros casos, quedas obligado a pagar las deudas, con la salvedad de que en la aceptación a B.I. si un acreedor reclama una deuda de 1000 y el capital es de 500, el heredero solo queda obligado a pagar 500.
En tu caso sospecho que el fallecido tenía bienes, pongamos una casa (o parte de ella) y que aceptasteis la herencia, y en consecuencia, cuando el acreedor pudo comprobarlo, se dirigio contra los herederos, quedando estos obligados a pagar.