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putos religiosos extremos en
ave
La semana pasada, se murió mi vecina, una anciana que había pasado sus últimos años enferma en la cama. Su única hija, madre soltera de dos hijos y que está en paro, ocupaba su mayor parte de tiempo libre en cuidar de su madre cuando no tenía que estar con sus hijos. Al morir, la madre ha dejado en herencia casi 100.000 euros y su propio piso a la iglesia católica. Nada a su hija. ADV
PD: vaya con la señora, cuanto se preocupa por su hija, una relación sana y bidireccional.
En otro tema si, existe la legítima, la cual no te pueden quitar, pero creo que al haber testamento se podría quitarse además y nunca mejor dicho: Con la Iglesia hemos topado
La legítima forzosa de los descendientes es de 2/3, de forma que sólo hay 1/3 de libre disposición. Esto se aplica sobre la suma del patrimonio que exista al fallecer el causante y las donaciones que hizo en vida. Si los descendencientes no reciben esos 2/3 tienen acciones para reclamar que se les entregue todo lo que falte hasta completar.
La desheredación sólo es posible en virtud de las causas recogidas por la ley, de lo contrario es nula y si el desheredado tiene descendencia, si no me falla la memoria, sus descendientes le sustituyen en la herencia, pasando a ser herederos forzosos
Lo quieras creer o no, la gran mayoria de gente religiosa no son como la inquisición, a la mayoria de ellos se la suda completamente lo que crean los demás mientras no se ataque a sus creencias, por otra parte veo a los ateos meterse con cualquiera que no crea lo que ellos creen prácticamente todos los dias así que ya me dirás tú...
En condiciones normales, el primer tercio (la legítima) se divide a partes iguales entre todos los herederos, y el de mejora sí se puede dejar a uno solo, o a varios de los herederos forzosos (en la cuantía que se desee). Por ejemplo, imaginemos que la señora tenía dos hijos, pero ella quiere favorecer a uno de ellos; le dejaría el primer tercio a partes iguales entre ambos, y el segundo tercio exclusivo a quien ella prefiera. Con el tercio de libre disposición hace lo que quiera, sea mejorar a uno de sus herederos forzosos o legárselo a un ajeno (sea persona física o institución).
Ese testamento, por tanto, es ilegal, puesto que hay herederos forzosos que han sido omitidos sin motivo (doy por sentado que la hija no estaba desheredada legalmente), así que lo puede impugnar (y lo gana de calle, al menos los dos tercios mencionados). Que pida asistencia jurídica gratuita (vulgo: abogado de oficio) para llevar el caso.
Me huele a invent, no obstante.