Hoy, estaba haciendo prácticas en una Oficina Notarial y, explicando ...


Como decían en los simpsons ... Existe "la verdad ..." :( y "la verdaaaaaad" :D
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dios pagaria por que en España hubiera un V de Vendetta, e hiciese una limpieza
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en este pais, que esperas? ya sabes que si eres un mamon y te dedicas a joder al projimo, tendras futuro, pero conque vayas de buenazo, estas perdido, por desgracia :(
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¡¡Esto... es... ESPAÑA!!
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Business is Business.
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Si hubieras mas gente como tu igual nos iba mejor a todos. Porque sino entendi mal el ADV, lo que intentaste hacer es ayudarles a que les saliera más barato los intereses. En vez de decirte eso deberían agradecertelo. En fin.
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Una cosa cosa te digo, puede que a corto plazo te funcione ser un cabronazo, pero después se darán cuenta de que lo eres y ya no te volverán a llamar, es mejor ser honrado y que confíen en ti.
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Si, parece que la sinceridad te cierra las puertas a muchas profesiones, cada vez a mas. Ya ni ciclista podrías ser...
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Tu decides: trabajar o ser honrado.
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Vale

Este es el país del mundo al revés
En otros países no pasa esto
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Más vale morir de pie..que vivir arrodillado... Ole tu honestidad y tus COHONES.. (:
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Para engañar hay que valer... tu eres de los que no valen , bienvenido.
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#7 #7 kirsi_ dijo: Una cosa cosa te digo, puede que a corto plazo te funcione ser un cabronazo, pero después se darán cuenta de que lo eres y ya no te volverán a llamar, es mejor ser honrado y que confíen en ti. No es cuestión de ser un cabrón. Es que los bancos y las grandes empresas son los clientes fundamentales de las notarías. Si te "llevas bien" con ellos irán a tu oficina a tramitar sus asuntos.

Los que van a la notaría no saben mucho de asuntos legales por lo que tenemos que aconsejarles y explicarles nosotros. Muchos ciudadanos de a pié no sabrán en la vida que fuiste un cabrón pero el banco sí tiene en cuenta que le has hecho renegociar una hipoteca . ¿Que es incorrecto y hasta ilegal? Si, pero la gran mayoría no lo saben cuando firman y aceptan.

Así que basicamente o "te vendes" a los grandes o eres honrado. Pero en el segundo caso estas perdiendo mucho dinero.
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Haberle dicho qué él se morirá antes de lo amargado qué está
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que clientes tan pendejos...
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Corrupción hasta en la vuelta de la esquina
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Ya se cual no es no vocación entonces. Antes puta que notaria.
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Perdón quise poner " no es mi vocación "
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pìensa en esto: "si vas a ser zapatero solo se el mejor, porque de nada sirve el doctor si es el ejemplo malo del pueblo"
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adios
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#13 #13 souks dijo: #7 No es cuestión de ser un cabrón. Es que los bancos y las grandes empresas son los clientes fundamentales de las notarías. Si te "llevas bien" con ellos irán a tu oficina a tramitar sus asuntos.

Los que van a la notaría no saben mucho de asuntos legales por lo que tenemos que aconsejarles y explicarles nosotros. Muchos ciudadanos de a pié no sabrán en la vida que fuiste un cabrón pero el banco sí tiene en cuenta que le has hecho renegociar una hipoteca . ¿Que es incorrecto y hasta ilegal? Si, pero la gran mayoría no lo saben cuando firman y aceptan.

Así que basicamente o "te vendes" a los grandes o eres honrado. Pero en el segundo caso estas perdiendo mucho dinero.
Pues sabes que te dijo? que ojala hubiera mas gente como tu... iria mucho mejor el mundo.
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#13 #13 souks dijo: #7 No es cuestión de ser un cabrón. Es que los bancos y las grandes empresas son los clientes fundamentales de las notarías. Si te "llevas bien" con ellos irán a tu oficina a tramitar sus asuntos.

Los que van a la notaría no saben mucho de asuntos legales por lo que tenemos que aconsejarles y explicarles nosotros. Muchos ciudadanos de a pié no sabrán en la vida que fuiste un cabrón pero el banco sí tiene en cuenta que le has hecho renegociar una hipoteca . ¿Que es incorrecto y hasta ilegal? Si, pero la gran mayoría no lo saben cuando firman y aceptan.

Así que basicamente o "te vendes" a los grandes o eres honrado. Pero en el segundo caso estas perdiendo mucho dinero.
Sin ánimo de ofender, el Código Civil español no ilegaliza las clausulas abusivas así que no logro entender cómo has logrado modificar un contrato ya realizado... Como no sea que les ofrecían esa hipoteca y les has recomendado no aceptarla, no lo entiendo.
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#13 #13 souks dijo: #7 No es cuestión de ser un cabrón. Es que los bancos y las grandes empresas son los clientes fundamentales de las notarías. Si te "llevas bien" con ellos irán a tu oficina a tramitar sus asuntos.

Los que van a la notaría no saben mucho de asuntos legales por lo que tenemos que aconsejarles y explicarles nosotros. Muchos ciudadanos de a pié no sabrán en la vida que fuiste un cabrón pero el banco sí tiene en cuenta que le has hecho renegociar una hipoteca . ¿Que es incorrecto y hasta ilegal? Si, pero la gran mayoría no lo saben cuando firman y aceptan.

Así que basicamente o "te vendes" a los grandes o eres honrado. Pero en el segundo caso estas perdiendo mucho dinero.
Mi padre fue notario desde los 25 hasta que se jubilo.
Siempre decía que su trabajo era precioso por que le llegaban muchas personas sin mucha idea y el hablaba con ellos y les ayudaba en esos menesteres . Es cierto que ha tenido problemas con los bancos, pero después de tantos años es una persona conocida y respetada en su ciudad y le ha ido muy bien. Te animo a que esta notaria no te amargue por que pocos trabajos existen tan bonitos donde puedas ayudar tanto y hablar con gente tan variada siendo recompensado ecconomicamente, pero preparate para trabajar, mi padre tiene muchos problemas de salud por exceso de trabajo.
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#22 #22 kratos18 dijo: #13 Sin ánimo de ofender, el Código Civil español no ilegaliza las clausulas abusivas así que no logro entender cómo has logrado modificar un contrato ya realizado... Como no sea que les ofrecían esa hipoteca y les has recomendado no aceptarla, no lo entiendo.No es modificar un contrato ya realizado, el trabajo del notario es precisamente dar fe de que la hipoteca se crea en ese momento. Por lo que le dije a la pareja, antes de que aceptaran la hipoteca oficialmente, que esa clausula no tenía que ser necesariamente así, cosa que ellos creían, sino que había otras opciones que además eran mejores para ellos.
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No dejes que el mundo te cambie. Lo único que tenemos completamente nuestro es la dignidad
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#22 #22 kratos18 dijo: #13 Sin ánimo de ofender, el Código Civil español no ilegaliza las clausulas abusivas así que no logro entender cómo has logrado modificar un contrato ya realizado... Como no sea que les ofrecían esa hipoteca y les has recomendado no aceptarla, no lo entiendo.El CC no pero el TRLGDCU sí. Las cláusulas abusivas son nulas de pleno derecho y se tienen por no puestas. Además los intereses están limitados por la Ley de Represión de la Usura de 1908.
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#27 #27 Este comentario se ha eliminado ya que no cumplía con las normas de uso de la página.Las cláusulas de las hipotecas no se negocian individualmente, son predispuestas por los bancos. No sé qué quieres decir con lo del consentimiento, pero el hecho de haberse adherido al contrato no impide la aplicación de la normativa de las cláusulas abusivas. De hecho, debe haberse perfeccionado el contrato para aplicarlas, sino bastaría con no adherirse. No ha sido una sola vez que se han declarado nulas por abusivas determinadas cláusulas por intereses de demora excesivos en las hipotecas.
Los límites del apartado 4 son otra historia, son una especie de "lista negra" de cláusulas que se reputan abusivas sin necesidad de realizar el juicio de abusividad.
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#28 #28 gnomomo dijo: #27 Las cláusulas de las hipotecas no se negocian individualmente, son predispuestas por los bancos. No sé qué quieres decir con lo del consentimiento, pero el hecho de haberse adherido al contrato no impide la aplicación de la normativa de las cláusulas abusivas. De hecho, debe haberse perfeccionado el contrato para aplicarlas, sino bastaría con no adherirse. No ha sido una sola vez que se han declarado nulas por abusivas determinadas cláusulas por intereses de demora excesivos en las hipotecas.
Los límites del apartado 4 son otra historia, son una especie de "lista negra" de cláusulas que se reputan abusivas sin necesidad de realizar el juicio de abusividad.
Lo que me has pasado habla de la cláusula penal, utilizada como garantía real en caso de incumplimiento de contrato, es algo distinto. Incluso si miras lo que me has pasado (El art. 1258CC) verás que los contratos por adhesión con consumidores y usuarios son una excepción a la autonomía privada, con lo cual no pueden establecerse cláusulas abusivas, que serán tenidas por no puestas.
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#28 #28 gnomomo dijo: #27 Las cláusulas de las hipotecas no se negocian individualmente, son predispuestas por los bancos. No sé qué quieres decir con lo del consentimiento, pero el hecho de haberse adherido al contrato no impide la aplicación de la normativa de las cláusulas abusivas. De hecho, debe haberse perfeccionado el contrato para aplicarlas, sino bastaría con no adherirse. No ha sido una sola vez que se han declarado nulas por abusivas determinadas cláusulas por intereses de demora excesivos en las hipotecas.
Los límites del apartado 4 son otra historia, son una especie de "lista negra" de cláusulas que se reputan abusivas sin necesidad de realizar el juicio de abusividad.
El hecho de que se tengan ya unas hipotecas preparadas de antemano no implica que no haya negociación individual, en cada hipoteca el banco estudia (o debería estudiar) la clase de cliente que tiene delante, situación económica... y de ahí decidirá el tipo de hipoteca que está dispuesto a imponer con lo que yo diría que por mucho que no sea una negociación individual propiamente dicha el hecho de no decir "cuesta tanto" directamente en general ya hace que sea una negociación individual.

Los contratos se perfeccionan con el consentimiento con todo su contenido, de modo que si aceptas las condiciones y además se negoció (por las razones que he dicho antes) yo interpreto que no estamos en el supuesto del artículo 82.
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#28 #28 gnomomo dijo: #27 Las cláusulas de las hipotecas no se negocian individualmente, son predispuestas por los bancos. No sé qué quieres decir con lo del consentimiento, pero el hecho de haberse adherido al contrato no impide la aplicación de la normativa de las cláusulas abusivas. De hecho, debe haberse perfeccionado el contrato para aplicarlas, sino bastaría con no adherirse. No ha sido una sola vez que se han declarado nulas por abusivas determinadas cláusulas por intereses de demora excesivos en las hipotecas.
Los límites del apartado 4 son otra historia, son una especie de "lista negra" de cláusulas que se reputan abusivas sin necesidad de realizar el juicio de abusividad.
Estoy de acuerdo en lo del apartado 4, ahí me he columpiado, pero aún así creo que hay espacio para discutir si el banco negocia las condiciones de la hipoteca individualmente o no y personalmente diría que por el propio servicio que ofrece el banco (prestar dinero) es importante negociar a título individual cada pacto porque no hay dos individuos iguales en el sentido económico.

Sé que han habido casos, aunque admito no haberme parado a estudiarlos, pero yo diría que el hecho de que el banco ponga una especie de hipoteca única (mismo sistema para todos) sí que permitiría aplicar el concepto de las clausulas abusivas. Sobre lo que te he pasado, es un tipo de clausula, pero permite ver cómo muchas veces no se pueden cambiar las clausulas abusivas.
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#30 #30 kratos18 dijo: #28 El hecho de que se tengan ya unas hipotecas preparadas de antemano no implica que no haya negociación individual, en cada hipoteca el banco estudia (o debería estudiar) la clase de cliente que tiene delante, situación económica... y de ahí decidirá el tipo de hipoteca que está dispuesto a imponer con lo que yo diría que por mucho que no sea una negociación individual propiamente dicha el hecho de no decir "cuesta tanto" directamente en general ya hace que sea una negociación individual.

Los contratos se perfeccionan con el consentimiento con todo su contenido, de modo que si aceptas las condiciones y además se negoció (por las razones que he dicho antes) yo interpreto que no estamos en el supuesto del artículo 82.
Creo que el problema está en que no entiendes lo que significa negociación. Si una de las partes determina previamente el contenido del contrato no hay negociación alguna, por mucho que tú puedas elegir si adherirte o no o que el contenido concreto cambie dependiendo de la persona. Además cuando la ley habla de "individualmente" se refiere a cada cláusula, no refiriéndose a cada persona. Es decir, aunque hayas negociado la cláusula referente a los intereses de demora esto no quita que la denominada cláusula suelo no pueda ser reputada abusiva.
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#32 #32 gnomomo dijo: #30 Creo que el problema está en que no entiendes lo que significa negociación. Si una de las partes determina previamente el contenido del contrato no hay negociación alguna, por mucho que tú puedas elegir si adherirte o no o que el contenido concreto cambie dependiendo de la persona. Además cuando la ley habla de "individualmente" se refiere a cada cláusula, no refiriéndose a cada persona. Es decir, aunque hayas negociado la cláusula referente a los intereses de demora esto no quita que la denominada cláusula suelo no pueda ser reputada abusiva.Y los contratos como dice el art. 1258CC no obligan únicamente a lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, los usos y la ley. Por ese motivo el TRLGDCU vincula la abusividad con la buena fe, es decir, serán abusivas, entre otras causas, las cláusulas que vayan contra la buena fe contractual.
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#31 #31 kratos18 dijo: #28 Estoy de acuerdo en lo del apartado 4, ahí me he columpiado, pero aún así creo que hay espacio para discutir si el banco negocia las condiciones de la hipoteca individualmente o no y personalmente diría que por el propio servicio que ofrece el banco (prestar dinero) es importante negociar a título individual cada pacto porque no hay dos individuos iguales en el sentido económico.

Sé que han habido casos, aunque admito no haberme parado a estudiarlos, pero yo diría que el hecho de que el banco ponga una especie de hipoteca única (mismo sistema para todos) sí que permitiría aplicar el concepto de las clausulas abusivas. Sobre lo que te he pasado, es un tipo de clausula, pero permite ver cómo muchas veces no se pueden cambiar las clausulas abusivas.
Las cláusulas de las hipotecas no son negociadas, por ese motivo ya hay muchos procesos abiertos y sentencias de nulidad de cláusulas abusivas, especialmente por intereses de demora excesivos o por la cláusula suelo, la cual impide que los intereses de tipo variable bajen por debajo de un mínimo. Fíjate si no son negociadas que hay gente ni siquiera sabe de su existencia al firmar (eso es lo que pasa por firmar algo sin leerlo).
Si te interesa tengo un vídeo sobre una conferencia que explica lo de las cláusulas abusivas y las condiciones generales de la contratación. Aunque aviso que dura más de una hora xD
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#34 #34 gnomomo dijo: #31 Las cláusulas de las hipotecas no son negociadas, por ese motivo ya hay muchos procesos abiertos y sentencias de nulidad de cláusulas abusivas, especialmente por intereses de demora excesivos o por la cláusula suelo, la cual impide que los intereses de tipo variable bajen por debajo de un mínimo. Fíjate si no son negociadas que hay gente ni siquiera sabe de su existencia al firmar (eso es lo que pasa por firmar algo sin leerlo).
Si te interesa tengo un vídeo sobre una conferencia que explica lo de las cláusulas abusivas y las condiciones generales de la contratación. Aunque aviso que dura más de una hora xD
Pues tienes razón. Oye, el vídeo me vendría muy bien si me lo puedes pasar, gracias.
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#36 #36 Este comentario se ha eliminado ya que no cumplía con las normas de uso de la página.Pues siendo, supongo, estudiantes de Derecho, deberían estar contentos, es mejor que la clásica clase coñazo de procesal. Además está bien ver la aplicación del Derecho.
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#37 #37 kratos18 dijo: #36 Pues siendo, supongo, estudiantes de Derecho, deberían estar contentos, es mejor que la clásica clase coñazo de procesal. Además está bien ver la aplicación del Derecho.¿Estás de coña? Cuando vea una clase que se pone contenta por tener que hacer un trabajo creo que habré visto todo. Y gracias por los ánimos, empiezo procesal el lunes xD
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#36 #36 Este comentario se ha eliminado ya que no cumplía con las normas de uso de la página.Es bastante interesante y claro, sobre todo para la gente que como yo, no tiene mucha idea sobre este tema, recomiendo que se vea.
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#38 #38 gnomomo dijo: #37 ¿Estás de coña? Cuando vea una clase que se pone contenta por tener que hacer un trabajo creo que habré visto todo. Y gracias por los ánimos, empiezo procesal el lunes xDPues como la den cómo aquí al estilo "art. 1 LEC ..., art. 2 LEC ..." (vamos, que la profesora prácticamente leía la ley y luego hacía algún comentario. Te puedes imaginar qué coñazo.
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#40 #40 kratos18 dijo: #38 Pues como la den cómo aquí al estilo "art. 1 LEC ..., art. 2 LEC ..." (vamos, que la profesora prácticamente leía la ley y luego hacía algún comentario. Te puedes imaginar qué coñazo.Pues si es así, una clase más a la que no iré. Aunque realmente a mí me gusta más estudiar directamente de las fuentes y después leer los comentarios.
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#39 #39 niki89 dijo: #36 Es bastante interesante y claro, sobre todo para la gente que como yo, no tiene mucha idea sobre este tema, recomiendo que se vea. Me alegra encontrar a gente que le gusta aprender.
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#41 #41 gnomomo dijo: #40 Pues si es así, una clase más a la que no iré. Aunque realmente a mí me gusta más estudiar directamente de las fuentes y después leer los comentarios.Yo suelo leer primero de manual y los preceptos que no están claros me los leo, aunque reconozco que alguna vez (bastantes, de hecho) me ha pillado vago y he estudiado directamente de las leyes.
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