La semana pasada, hablando con una chica que estudia derecho, me dijo ...


#9 #9 benedetta dijo: #3 Eso es verdad porque también lo he estudiado yo y me quede asi o_ODime el artículo y el párrafo porque yo SÍ que la he estudiado, de hecho necesito sabérmela y eso no aparece en ningún lado. Vaya tela lo que hay que leer...
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Eso es para que la Patrulla X no pueda pedir los mismos derechos que los humanos normales.
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Vaya mierda, debería ser considerado un mutante.
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¿Y por qué no coges y la lees? Así compruebas tú mismo que eso no viene en la Constitución.
En todo caso viene en el Código Civil (de 1889, con sus posteriores reformas), y tampoco expresa exactamente eso.
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Y tú te lo crees...
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¿Y si es un hombre con dos cabezas? ¿Es un ser, o dos seres?
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Valiente tontería.
O ella no se ha enterado de nada o tú mientes como un bellaco.
En la Constitución no viene nada sobre la definición de "persona". Donde sí que viene es en el Código Civil, y ahí especifica que una persona es todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones.
Ahora pregúntale de donde ha sacado esa gilipollez.
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La amiga de #0 #0 EnShock dijo: La semana pasada, hablando con una chica que estudia derecho, me dijo que estudiando la constitución había visto que si una persona tiene una anormalidad como un dedo de más o un órgano "repetido", no es considerado una persona, sino un "ser". ADVy #9 #9 benedetta dijo: #3 Eso es verdad porque también lo he estudiado yo y me quede asi o_Otendrían que ponerse a estudiar duramente porque menudas tonterías que dicen.

Como ya explican algunos comentarios la Constitución no regula a la persona sino básicamente los Derechos fundamentales, la Corona, las cortes generales y el poder judicial.

La personalidad se regula en el Código Civil, artículos 29 a 39. Como bien dicen el artículo 29 que es el único que se refiere a esa materia (junto al 30) ha sido modificado en 2011 para suprimir la necesidad de forma humana. Pero es que aún antes de esta renovación en la Ley del Matrimonio Civil de 1870 unicamente se requería forma humana, la cual no se pierde por tener 6 dedos o porque te falte un brazo sino cuando nacían criaturas abortivas cuya vida era inviable.
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En primer lugar, en la Constitución no se recoge nada relativo a los requisitos para ser persona, eso viene recogido en el Código Civil, en el que los para ser persona son haber nacido vivo y estar separado de la madre (sin cordón umbilical).
Así que se es persona en el momento del nacimiento, siempre que el niño nazca con vida y viva separado de la madre. Dile a tu amiga que atienda más en clase.

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#9 #9 benedetta dijo: #3 Eso es verdad porque también lo he estudiado yo y me quede asi o_OOtro que oye campanas.
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Hasta la reforma del código civil del año 2011, el artículo 30 del Código Civil (este artículo no se había modificado desde la publicación del Código en el año 1889) decía "Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno".

En el año 2011 se modificó, y ahora es "La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.". Es decir, se elimina el concepto de "figura humana"
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Yo tengo un riñon repetido :/
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#18 #18 benedetta dijo: #15 Abre el libro de Derecho Civil, que te aparecerá en una de las primeras instancias, listo¿qué libro de derecho civil? Te están pidiendo el artículo del CÓDIGO CIVIL, que es lo que tiene validez legal en España. Estamos esperándolo. No lo busques muy fuerte por si acaso...
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#18 #18 benedetta dijo: #15 Abre el libro de Derecho Civil, que te aparecerá en una de las primeras instancias, listoJajajajaja ¿Qué libro de Derecho Civil estudias tú?
Busca el Código civil (que es lo que debería de explicar un libro de derecho civil, porque parece que no tienes ni idea) y me dices en que artículo dice esa parida, anda.
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#21 #21 benedetta dijo: #19 Hola???? el código civil es lo unico que tiene validez en España.... para que te piensas tu que se ha creado el Derecho Civil? Abre cualquier libro de derecho civil y verás que está esa pauta, reflejada... Dedicate a leer un poco antes de hablar, por favorA ver, listoooo, que eres un listo... un libro de derecho civil puede poner misa (aunque no me creo que en ninguno ponga eso que has dicho) Porque lo que es legal es el Código Civil (y es en lo que se basan los libros de derecho civil escritos para explicar dicho código civil, que no te enteras)
Y procedo a copiarte el artículo 30 de dicho código:
La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.

Y te repito, búscame el artículo en el código civil donde pone la parida que ha dicho el del ADV y tú confirmas.
Cuando lo encuentres te pediré perdón, proclamaré tu palabra, y fundaré una religión en tu nombre.
Hasta entonces calladito
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#3 #3 chinorri dijo: Y tú te lo crees...Eso es verdad porque también lo he estudiado yo y me quede asi o_O
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Lo que hay que leer...como bien han dicho más arriba, o esa chica tiene problemas a la hora de estudiar, o directamente ni se ha leído la Constitución. ¿Donde sale esa majadería?
En todo caso eso salía en el Código Civil de 1889 antes de ser reformado.

Cosa distinta es que eso de que si un niño salía con deformaciones (como lo de los mil dedos en la mano, qué se yo) se lo hayan contado en una clase de DERECHO ROMANO, que por aquella época sí era considerado como una cosa y no como un humano, porque precisamente por esas deformaciones NO TENÍA FORMA HUMANA.

Que cansada esto de leer cosas de gente que se supone que estudia derecho...luego así quedamos de bien los que sí lo hacemos.
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Pues a tu amiga le veo yo poco futuro en la carrera si cree eso...
La única referencia a malformaciones que existía en la legislación española era el antiguo Art. 29 del Código Civil que consideraba que para adquirir personalidad, el recién nacido debía tener 'forma humana', artículo que fue eliminado en la última reforma...
Yo también estudio derecho.
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#31 #31 benedetta dijo: #29 En primer lugar:

parvulario.

(De párvulo).


1. m. Lugar donde se cuida y educa a párvulos.

2. m. Conjunto de los niños que reciben educación preescolar.

PARVULITOS ES CON V!!!!!!

En ningún momento se ha derogado lo que yo he dicho... el código civil (y el derecho civil) tenian esa pauta, que fue modificada hace poco años...

¿Algo más?

Listezas existe para nombrarte a ti... ;)
Deberías informarte de lo que es un artículo, lo que es una pauta, lo que tiene validez legal, lo que no la tiene, lo que significa "figura humana", y en general saber lo que dice el Código Civil.

1.- Porque lo que dice el del ADV es una gilipollez como un templo. Ya que, actualmente, aunque naciese con forma de cabra, si nace de mujer, es una persona.

2.- Pero aún con el artículo derogado, una persona con órganos duplicados, dedos más largos, o cualquier tipo de malformación sigue teniendo figura humana.

Ergo, en ningún caso tendrías razón. Ni sería considerado "un ser" como has afirmado corroborando el ADV.
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Es divertido ver cómo la gente que no tiene ni idea de Derecho y aún así se hacen los entendidos. #0 #0 EnShock dijo: La semana pasada, hablando con una chica que estudia derecho, me dijo que estudiando la constitución había visto que si una persona tiene una anormalidad como un dedo de más o un órgano "repetido", no es considerado una persona, sino un "ser". ADVDile a la chica que te lo ha comentado que más le vale ponerse a estudiar porque veo muy complicado que con esas ideas que tiene vaya a aprobar algo.

Antes, para que a un recién nacido se le considerara persona debía permanecer 24 horas separado del claustro materno, pero han modificado el artículo 30 del Código Civil y ahora solo se requiere que se desprenda totalmente del seno de la madre. Y además se requería que tuviera forma humana. Es decir, que no tuviera tres cabezas como dice #45 #45 tarti dijo: Eso es COMPLETAMENTE MENTIRA ! Yo también estudio Derecho y no se condiera persona si no posee una fisionomia normal ( vamos que tenga tres cabezas o algo asi ), no por que le falte un dedo o tenga un órgano repetido. Dile a ti amiga que se dedique a estudiar y a dejar de decir gilipolleces.pero OBVIAMENTE se tenían por persona a quienes tuvieran más dedos o cosas así. Ahora esos requisitos han desaparecido.
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#29 #29 crowley28 dijo: #26

1.- En mi comentario #28 te lo explico bien clarito.
2.- Parbulitos es con b.
3.- Listezas no existe.
4.- Sigo pensando que te masturbas demasiado.
Parvulitos con b??? jajajajajaja

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Considero que #28 #28 crowley28 dijo: #24 LOL
Pero si no te está dando la razón!!
Para empezar está derogado, con lo que te equivocas. Pero aunque no lo estuviese, te seguirías equivocando.
¿Tengo que explicarte lo que es figura humana?
¿Una persona con tres riñones no tiene figura humana? ¿una persona con un dedo más largo de lo normal no tiene figura humana?
Por citarte los ejemplos que ha dado el ADV y que has confirmado xDDD
Deberías estudiar un poco más y masturbarte un poco menos ;)
tiene razón, porque recuerdo que pregunté (hace ya años de esto) que si nacía un niño sin brazos ni piernas si no era considerado persona, y la profesora me respondió que claro que sí que lo era, que la forma se podía identificar con la humana aun careciendo de extremidades... De lo que yo concluí que a lo que se debían estar refiriendo era a que naciera una especie de masa viscosa extraña...o a lo mejor a un feto sin formar...
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#24 #24 benedetta dijo: #23 fiu.... GRACIAS!!!!!!!!!!LOL
Pero si no te está dando la razón!!
Para empezar está derogado, con lo que te equivocas. Pero aunque no lo estuviese, te seguirías equivocando.
¿Tengo que explicarte lo que es figura humana?
¿Una persona con tres riñones no tiene figura humana? ¿una persona con un dedo más largo de lo normal no tiene figura humana?
Por citarte los ejemplos que ha dado el ADV y que has confirmado xDDD
Deberías estudiar un poco más y masturbarte un poco menos ;)
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Pues yo debo ser un ser.
Tengo repetido el pulmón, el riñón, y los dedos 10 y 10 veces.
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Desde que lo he leido y he compartido tu Asco De Vida, mi vida es un infierno
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Wow, entonces, ¿no pagan IRPF?
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Yo también estudio derecho y te puedo asegurar que eso es mentira.
Para empezar en la Constitución Española no se habla del concepto persona, se habla en el Código Civil. Después, supongo que tu amiga ha tenido una confusión con el Código Civil Romano (predecesor del nuestro) donde una de las exigencias para que un bebé fuese considerado persona era la "forma humana", pero eso no se contempla en el actual.
Un consejo, antes de ir soltando tonterías como estas (y sobretodo si son discriminatorias) contrasta información.
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esto es un ejemplo de lo que se denomina no saber leer derecho...

5 años estudiando derecho para acabar en el paro y gente como esta enchufandose en despachos... flipo
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O te tomó el pelo o no sabe lo que estudía, porque la constitucion no dice absolutamente nada de eso.
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#55 #55 slowking dijo: La amiga de #0 y #9 tendrían que ponerse a estudiar duramente porque menudas tonterías que dicen.

Como ya explican algunos comentarios la Constitución no regula a la persona sino básicamente los Derechos fundamentales, la Corona, las cortes generales y el poder judicial.

La personalidad se regula en el Código Civil, artículos 29 a 39. Como bien dicen el artículo 29 que es el único que se refiere a esa materia (junto al 30) ha sido modificado en 2011 para suprimir la necesidad de forma humana. Pero es que aún antes de esta renovación en la Ley del Matrimonio Civil de 1870 unicamente se requería forma humana, la cual no se pierde por tener 6 dedos o porque te falte un brazo sino cuando nacían criaturas abortivas cuya vida era inviable.
Menos mal que hay alguien que habla con sentido común. Gracias por ahorrarme tener que explicarlo porque es lo que pensaba hacer en cuanto he leído esta estupidez de ADV.

Lo peor de todo es que cuando se oyen estas tonterías la gente las da por ciertas y así empiezan esas leyendas urbanas como la de que si plantas marihuana para consumo propio no es ilegal...

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#60 #60 raven_simple dijo: #55 Pero qué joyitas se cargan las normas españolas xD ¡Qué bueno que nos independizamos y las derogamos a tiempo!

Ahora entiendo por qué los negros, indígenas y mestizos no eran considerados personas... porque no eran del mismo color que los "humanos". Corrijan si quieren, sólo es un intento de interpretación histórica.
vamos a dar unas clases de historia jurídica:
En primer lugar el Código Civil español(que es donde seguramente este regulado este caso) fue aprobado en 1889 ( a no ser que seas cubano o filipino esta norma no queda un poco lejos de la independencia de la mayoría delos países de sudamérica).
En segundo lugar la constitución Española actual(que no viene regulado esto, pero como el autor la menciona lo pondré de todas formas) es de 1978, asi que esta ya no os toca ni de lejos.
La única explicación que se me ocurre a esto es que el autor sea alguna de los hispanohablantes de esta pagina que este hablando de la Constitución de su pais.
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Aquí el único "ser" es tu amiga que no se entera de nada y te lo digo como estudiante de derecho.
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Ya lo he visto antes, repetido, invéntate tus propios ADV, gilipollas
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Eso es COMPLETAMENTE MENTIRA ! Yo también estudio Derecho y no se condiera persona si no posee una fisionomia normal ( vamos que tenga tres cabezas o algo asi ), no por que le falte un dedo o tenga un órgano repetido. Dile a ti amiga que se dedique a estudiar y a dejar de decir gilipolleces.
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#83 #83 drb dijo: #60 vamos a dar unas clases de historia jurídica:
En primer lugar el Código Civil español(que es donde seguramente este regulado este caso) fue aprobado en 1889 ( a no ser que seas cubano o filipino esta norma no queda un poco lejos de la independencia de la mayoría delos países de sudamérica).
En segundo lugar la constitución Española actual(que no viene regulado esto, pero como el autor la menciona lo pondré de todas formas) es de 1978, asi que esta ya no os toca ni de lejos.
La única explicación que se me ocurre a esto es que el autor sea alguna de los hispanohablantes de esta pagina que este hablando de la Constitución de su pais.
alguno, fallo grave
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Tengo una amiga que estudia derecho y dice que eso era antes, ahora ya no es así.
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¿Qué coño estás diciendo? ¿En qué artículo viene eso? Yo también he estudiado Derecho y me sé casi de memoria la CE y no aparece en ningún lado.
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Y ella que tiene una neurona menos, ¿qué es?
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#46 #46 nodigas dijo: Creo recordar que en historia el profe nos dijo que hace años las mujeres no podian votar porque no tenian alma, eso decía en una constitución...En cualquier caso pondría que no teníamos capacidad de raciocinio, es decir, inteligencia. Kant mismo afirmaba que la mujer era un ser menor de edad inculpable porque, dado que no poseía inteligencia, no podía exigírsele responsabilidad alguna. Pero eso sí, contábamos con los cinco sentidos para reconocer el mundo.
Claro que Kant era un enano contrahecho que no se comió un rosco en la vida...
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#14 #14 chinorri dijo: #9 Dime el artículo y el párrafo porque yo SÍ que la he estudiado, de hecho necesito sabérmela y eso no aparece en ningún lado. Vaya tela lo que hay que leer...Supongo que lo entenderían mal y que se referirá a un anomalía grave, tipo que el niño al nacer sea todo tronco o algo así, que no tenga forma humanoide y que vaya a morir en las primeras 24 horas. Al menos a mí me lo explicaron así en trabajo social. Pero, vamos, por un dedo? Eso es una exageración.
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La británica de 2 vaginas no es un ser?
Y una mierda!
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Eso viene del D. Romano, actualmente en el código civil, y se modificó. Hay que tener en cuenta que que el CC es del año 1889, hay que interpretar.
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#1 #1 risketto_cheese dijo: Chica, pues tampoco es el fin del mundo. Del mundo no se, pero o la amiga es una cachonda con mucho humor negro o no va a aprobar nada...
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Entonces con mi tranca yo soy un ser, porque se cuenta como órgano repetido o un dedo más.
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#71 #71 claroscuro dijo: Dile a esa chica que vaya a clase antes de hablar. Para empezar eso es así, dice el Código Civil que una persona tiene que tener forma humana, e incluso eso lo cambiaron, no recuerdo si fue en 2010 o en 2011.lo de la forma humana es del D. Romano, lo que han hecho hace poco ha sido suprimir las 24h que debía sobrevivir el bebé fuera del seno materno para considerarlo persona física y así tener capacidad jurídica, para evitar complicaciones con las herencias.
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Estoy acabando derecho y a lo que seguramente se refiere tu amiga es a la idea que se tenía del recién nacido y concebido del derecho romano (asignatura de primer curso). En la Constitución española no pone nada así ya que claramente va en contra de los derechos humanos, tu amiga te ha tangado o eso o es muy mala estudiante, que ya ha de serlo para confundir una parte del derecho romano con el derecho constitucional actual.
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#55 #55 slowking dijo: La amiga de #0 y #9 tendrían que ponerse a estudiar duramente porque menudas tonterías que dicen.

Como ya explican algunos comentarios la Constitución no regula a la persona sino básicamente los Derechos fundamentales, la Corona, las cortes generales y el poder judicial.

La personalidad se regula en el Código Civil, artículos 29 a 39. Como bien dicen el artículo 29 que es el único que se refiere a esa materia (junto al 30) ha sido modificado en 2011 para suprimir la necesidad de forma humana. Pero es que aún antes de esta renovación en la Ley del Matrimonio Civil de 1870 unicamente se requería forma humana, la cual no se pierde por tener 6 dedos o porque te falte un brazo sino cuando nacían criaturas abortivas cuya vida era inviable.
Me alegra ver que no soy la única que sulfura por tanta ignorancia, normalmente en esta página y en tenía que decirlo, cuando hablan de leyes o de política o incluso del gobierno me dan ganas de corregirlos a todos. La gente habla sin conocimiento alguno. Luego quedamos más el colectivo que sí ha hecho esa carrera, por cosas como estas.
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#31 #31 benedetta dijo: #29 En primer lugar:

parvulario.

(De párvulo).


1. m. Lugar donde se cuida y educa a párvulos.

2. m. Conjunto de los niños que reciben educación preescolar.

PARVULITOS ES CON V!!!!!!

En ningún momento se ha derogado lo que yo he dicho... el código civil (y el derecho civil) tenian esa pauta, que fue modificada hace poco años...

¿Algo más?

Listezas existe para nombrarte a ti... ;)
Cierto, tenías razón con lo de párvulo. Error, mío. Mis disculpas y lo siento.

Pero en nada más, ni siquiera cuando no estaba derogado "hace años", tendrías razón.

Te remito de nuevo a mi comentario #28

Y listezas no existe, ni siquiera para mí.
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Persona física: Ser con aspecto humano que sea capaz de vivir 24 horas separado del vientre materno ( aunque parezca de broma, esa es la definición )
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