Hoy, a mi padre le ha llegado el borrador de la Declaración de la ren...


¿Pero la deuda no es para él? Que le embarguen y que le quiten todo lo que tiene, pero que a vosotros os dejen tranquilos, que no tenéis culpa.
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#10 #10 bydsa dijo: ¿Qué es eso de que quiebra el constructor y te pasan la deuda? No lo entiendo :S No tiene sentido alguno. ¿Alguien me lo explica? (no es retórica, me gustaría saberlo).yo te lo explico, que lo tengo reciente. Tú con el constructor firmas un contrato. Una vez se ha terminado la casa, se ha concedido la licencia de primera ocupación, el banco te acepta la operación de la hipoteca, etc. se va a un notario y se escritura. En ese momento, la casa pasa a ser tuya y la deuda la tienes con el banco. Fin de la historia. Este ADV es un fake como una catedral.
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Pues no entiendo yo que tiene que ver una cosa con la otra. Una vez que la constructora os la vendió es vuestro y no sirve para afrontar las deudas que hubiera podido tener ese señor.
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Esto si que es un fail en toda regla... menuda putada... aunque no entiendo porque su deuda os la comeis vosotros la verdad...
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¿Qué es eso de que quiebra el constructor y te pasan la deuda? No lo entiendo :S No tiene sentido alguno. ¿Alguien me lo explica? (no es retórica, me gustaría saberlo).
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Mi no entender.....qué tiene que ver que una empresa quiebre con que asumais vosotros su deuda????....que no digo que no pueda ser....pero tal como lo cuentas.....
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Pedazo de fake. ¿Qué tiene que ver tu renta con la deuda de otra persona?
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#12 #12 warheart dijo: #10 yo te lo explico, que lo tengo reciente. Tú con el constructor firmas un contrato. Una vez se ha terminado la casa, se ha concedido la licencia de primera ocupación, el banco te acepta la operación de la hipoteca, etc. se va a un notario y se escritura. En ese momento, la casa pasa a ser tuya y la deuda la tienes con el banco. Fin de la historia. Este ADV es un fake como una catedral.Ok, gracias. :) Me sirve más la última línea que has dicho que todo lo demás (que más o menos ya controlaba y no me cuadraba lo del ADV).
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#9 #9 juextimador dijo: #4 #4 mivida18 dijo: A juicio haber si con suerte gana la justicia! (: "justicia" esta palabra no existe en españay "haber" sí existe pero #4 #4 mivida18 dijo: A juicio haber si con suerte gana la justicia! (: no sabe usarla. Es "A ver".
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Si la casa la habéis pagado al constructor, vosotros estáis libres, el que tiene que pagar es la constructora haya quebrado o no.
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Esa deuda (con el banco, realmente), iría por via judicial por impago. ¿Qué cojones tiene que ver eso con el borrador de la declaración de la renta? ¿Quieres decir que si tu padre no hubiese solicitado el borrador o no lo hubiese visto, no os habríais enterado de que teníais esa deuda con el banco?
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#4 #4 mivida18 dijo: A juicio haber si con suerte gana la justicia! (: "justicia" esta palabra no existe en españa
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esto si que es un ADV, lo siento
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A juicio haber si con suerte gana la justicia! (:
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La deuda no deberías quedártela tú. Esto es falso.
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Campeón, la deuda es con el banco, una vez que has firmado las escrituras ante notario la casa pasa de la propiedad del constructor/promotor a la tuya. Ojalá te embarguen de verdad, por querer colárnosla.
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respecto del constructor y la deuda, pudiera ser que éste hubiese formalizado una hipoteca sobre el inmueble entero (no sobre el piso en concreto), y quedase garantizada, en su momento, con los inmuebles. Cada vecino se subroga en una parte de esa deuda, pero ésta es indivisible. Existiría una promesa por parte del constructor, probablemente acordada también con el banco, para que las cantidades que se fueran amortizando con la venta de pisos se fueran destinando a liberar a los vecinos de la parte proporcional que le correspondía por sus pisos, hasta bajar a los niveles en los que cada vecino se subrogó. Si esto no se ha hecho, y el constructor ha dejado de pagar, el banco puede proceder contra los inmuebles
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Ultimamente se embargan muchas casas en ADV por errores y responsabilidades de otros
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#22 #22 alcaxofacosmica dijo: #2

el problema es que la manera mas sencilla de embargarle sus propiedades es quitarle precisamente los pisos que haya construido, por que obviamente el constructor no puede pagar la deuda con dinero y el banco recurre a los pisos que previamente venderá para zanjar la deuda.
eran sus pisos, cuando los construyó eran suyos, hasta que los vendio... otra cosa es que algunas viviendas de este edificio sean alquiladas, entonces siguen perteneciendole y se la podrian quitar... pero claro, ¿que pasaria? Los alquilados se irian de ese piso y se irian a otro, hasta ahi todo bien porque el piso sigue siendo del constructor, pero... ¿los que vendio? si le compre una casa, ahora es mia y no de el, que pague el su putisima deuda, no la tengo que pagar yo y menos aun de 300000€
vaya mierda de leyes, te dan la deuda de otro..., si no pagas en 3 meses te quitan el peso a pesar de que si te lo cojen unos ocupas, en vez de desalojarlos como mucho en 3 meses, no... nos importa una mierda!!! dejemosles un año, y mientras que estos paguen...
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#6 #6 meigas8 dijo: Pues no entiendo yo que tiene que ver una cosa con la otra. Una vez que la constructora os la vendió es vuestro y no sirve para afrontar las deudas que hubiera podido tener ese señor.El adv es un fake
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Menudo fake: ¿dónde se ha visto que el cliente se subrogue en las obligaciones del empresario que quiebra? Cualquier con sentido común se da cuenta de que aquí no cuadra nada.
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No se si esto puede ser real o no, ojalá sea fake, pero menuda una putada...
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vaya putada,suerte:)
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y a esto en castizo se le llama, mezclar churras con merinas y/o ¿donde vas? manzanas traigo
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No lo entiendo,es como si ahora por ejemplo Volswagen quiebra,tengo que pagar yo o dar mi coche a Hacienda o a sus proveedores?Que raro
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#22 #22 alcaxofacosmica dijo: #2

el problema es que la manera mas sencilla de embargarle sus propiedades es quitarle precisamente los pisos que haya construido, por que obviamente el constructor no puede pagar la deuda con dinero y el banco recurre a los pisos que previamente venderá para zanjar la deuda.
pero se protege el derecho del justo poseedor y titular del inmueble. El tercero de buena fe, vamos.
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#16 #16 rafitaonline dijo: Campeón, la deuda es con el banco, una vez que has firmado las escrituras ante notario la casa pasa de la propiedad del constructor/promotor a la tuya. Ojalá te embarguen de verdad, por querer colárnosla.Si cada vez que alguien suelta un fake embargasen casas, España estaría llena de vagabundos XD
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pero eso luego desgraba, no? PD: que putada....
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Esto me huele a fake, pero algo parecido le sucedio a un amigo cuando acordaron dar una casa y hacer una permuta, la casa estaba recien reformada, la constructora en cuanto aceptaron entraron y la destrozaron POR COMPLETO, la constructora quebro, ahora tienen una casa que no pueden volver a reformarla, no tienen el piso y no tienen donde vivir, a demas tienen que seguir pagando todo lo relacionado con la casa ya que seguia a su nombre, por lo que siguen pagando el credito de la reforma que destruieron. Eso es un ADV.
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#32 #32 alpha09 dijo: #22 eran sus pisos, cuando los construyó eran suyos, hasta que los vendio... otra cosa es que algunas viviendas de este edificio sean alquiladas, entonces siguen perteneciendole y se la podrian quitar... pero claro, ¿que pasaria? Los alquilados se irian de ese piso y se irian a otro, hasta ahi todo bien porque el piso sigue siendo del constructor, pero... ¿los que vendio? si le compre una casa, ahora es mia y no de el, que pague el su putisima deuda, no la tengo que pagar yo y menos aun de 300000€
vaya mierda de leyes, te dan la deuda de otro..., si no pagas en 3 meses te quitan el peso a pesar de que si te lo cojen unos ocupas, en vez de desalojarlos como mucho en 3 meses, no... nos importa una mierda!!! dejemosles un año, y mientras que estos paguen...
queria decir el piso, un error lo tiene cualquiera, aunque tambien vaya mala suerte...
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Yo creo que hay que evaluar técnica, en una de esas aplica mucho diente.
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a todos los listos que llamais fake al ADV, soy abogado y de los buenos (sí, soy un creído, os jodeis), y he llevado varios casos como el que cuenta el ADV. Una permuta mal acabada podría ser un ejemplo de lo que le ha pasado. Una cooperativa también, aunque no parece su caso. Una hipoteca anterior y sin cancelar ni subrogar, o cualquier tipo de "timo" por parte del constructor podría llevar a esto... en resumen, a los que gritais "fake", joderos, en España esto es de lo más suave que nos encontramos.
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eso es lo que cuesta mi casa tio
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No estoy muy puesto en leyes, pero creo firmemente que eso no puede ser así. A no ser que firmárais algo sin leer antes, muy común en estos casos.
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No será alguna mierda de estas en la que se forma una especie de "cooperativa" para construir las casas en las que los vecinos además son socios y aportan ellos el dinero para construir las casas?? Creo que antes, en los "buenos tiempos", había casas que se construyeron así... Sino, no tiene sentido que te tengas que comer la deuda de ese señor.
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Esto es un fail como una casa, si la deuda es del constructor a vosotros no os pueden hacer nada. Le van encima de los vienes del constructor, pero nunca de alguien que le hizo una compra. Es como si yo te compro un coche a ti, y como el banco tiene que embargarte a ti se queda con mi coche.
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Esto no te lo crees ni tu, la deuda en todo caso será con el banco que es quien te ha concedido el préstamo para comprar la casa. Si el constructor tiene deudas con el banco es cosas suya y del banco.

Lo único que se me ocurre es que sea una sociedad cooperativa pero aún así me parece mucha deuda por vecino.
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#30 #30 taliban dijo: #10 las casas o los pisos hay que comprarlos libres de cargos,es decir que no las han puesto de aval de ninguna operacion que es lo que parece que ocurrio aqui,algo muy habitual ej:
un constructorbva a un banco y pide un credito para construir un edificio y como aval pone las viviendas que construya si el constructor no cumple los pagos,el banco se queda con ellas y tu o se las vuelves a comprar al banco o denuncias al constructor
al comprar algo hay que ir al registro de la propiadad y ver que esta libre de cargos ,si no es asi decirle al constructor que se la pagaras cuando el la libere de cargos salu2
aparte, lo que puede haber pasado es que, para ahorrarse unas pelas, hayan montado una cooperativa. Si todo va bien sale más barato, pero la constructora se declara en quiebra y pagan los propietarios por principio de solidaridad
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#10 #10 bydsa dijo: ¿Qué es eso de que quiebra el constructor y te pasan la deuda? No lo entiendo :S No tiene sentido alguno. ¿Alguien me lo explica? (no es retórica, me gustaría saberlo).las casas o los pisos hay que comprarlos libres de cargos,es decir que no las han puesto de aval de ninguna operacion que es lo que parece que ocurrio aqui,algo muy habitual ej:
un constructorbva a un banco y pide un credito para construir un edificio y como aval pone las viviendas que construya si el constructor no cumple los pagos,el banco se queda con ellas y tu o se las vuelves a comprar al banco o denuncias al constructor
al comprar algo hay que ir al registro de la propiadad y ver que esta libre de cargos ,si no es asi decirle al constructor que se la pagaras cuando el la libere de cargos salu2
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El tercero, al firmar la compraventa, conocía (o debía conocer) la situación registral de la finca, y sus cargas. Y sí, puede parecer extraño, pero si te presentan un documento del banco en el que se señala que lo que el constructor ingrese irá a para a financiar tu piso, puedes fiarte y firmar. Luego vienen los problemas...
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amigo te acompaño en el sentimiento..tienes un problema
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#2 #2 darklunacy dijo: ¿Pero la deuda no es para él? Que le embarguen y que le quiten todo lo que tiene, pero que a vosotros os dejen tranquilos, que no tenéis culpa.

el problema es que la manera mas sencilla de embargarle sus propiedades es quitarle precisamente los pisos que haya construido, por que obviamente el constructor no puede pagar la deuda con dinero y el banco recurre a los pisos que previamente venderá para zanjar la deuda.
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