Igualmente, aunque esté en paradero desconocido, se pueden investigar a través del Punto Neuto de la Agencia Tributaria sus bienes y embargarlos igual. Otra cosa es que no tenga nada...
Lo siento y mucha suerte!! Espero que las secuelas se hayan curado y desaparecido de forma definitiva.
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si no tiene dinero no te pagará, mucha gente no paga multas por eso mismo.
Las multas se pagan a las administraciones públicas, en todo caso tendrá que pagarte una indemnización.
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#0 #0 sevequeeltíoestáenparaderodesconocido dijo: Hace tiempo, un tipo me dio una paliza tan fuerte en plena calle (según él, tenía pinta de maricón) que me provocó un coágulo en el cerebro y tuve que ser hospitalizado de gravedad. Lo denuncié. El juez lo sentenció a pagarme una multa bastante importante. Un año después, todavía sigo esperando a que me de el dinero que me pertenece. Hoy fui a quejarme, y el juez se lavó las manos. ADVEs que no tienes "que ir a quejarte", tienes que pedir una ejecución de sentencia (con intereses por demora). Si la parte contraria no tiene realmente con qué pagar la indemnización que te debe, le embargarán salario o propiedades. Y si no tiene salario o propiedades, desde que los tenga se ejecuta el embargo. Hala, de nada, y suerte.
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A ver... por si no te lo han explicado, cuando sale la sentencia hay un tiempo para que te pague "voluntariamente". Si a los 30 días de la salida de la sentencia no te ha pagado, hay un procedimiento que se llama "petición de ejecución de la sentencia" donde pides (exiges) que se ejecute la sentencia como su nombre indica, es decir, que hagan lo necesario para que te pague, en primera instancia le darán un plazo (otro) para abonar la cantidad y luego empezará el embargo de bienes.
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#12 #12 esfinge dijo: A ver... por si no te lo han explicado, cuando sale la sentencia hay un tiempo para que te pague "voluntariamente". Si a los 30 días de la salida de la sentencia no te ha pagado, hay un procedimiento que se llama "petición de ejecución de la sentencia" donde pides (exiges) que se ejecute la sentencia como su nombre indica, es decir, que hagan lo necesario para que te pague, en primera instancia le darán un plazo (otro) para abonar la cantidad y luego empezará el embargo de bienes. perdón primero se suelen embargar las cuentas bancarias por la cantidad, luego los bienes.
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Se lavó las manos, o te dijo que no podía hacer más?? Que es muy distinto... Si el tío está desaparecido y no tiene bienes de dónde tirar, a ver qué hacen! Se lo inventan?
Y qué te crees que puede hacer un juez porque te fueras a quejar? Ni que fuera una oficina de atención al público.
Lo que tienes que hacer es conseguir un abogado y que este abra un procedimiento de ejecución de la sentencia y ahí es cuando puede embargar y puede que consigas algo.
Igualmente, aunque esté en paradero desconocido, se pueden investigar a través del Punto Neuto de la Agencia Tributaria sus bienes y embargarlos igual. Otra cosa es que no tenga nada...
Lo siento y mucha suerte!! Espero que las secuelas se hayan curado y desaparecido de forma definitiva.
Lo que tienes que hacer es conseguir un abogado y que este abra un procedimiento de ejecución de la sentencia y ahí es cuando puede embargar y puede que consigas algo.